Resolución 30/2022 del Presidente

“Reglamento del Comité de Calidad de la Oficina Central del OSDE Agua y Saneamiento”

 

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República de Cuba

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El Presidente

RESOLUCIÓN ____

 

POR CUANTO: El Decreto 281, de fecha 7 de agosto de 2017, “Reglamento para la implantación y consolidación del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial Estatal”, establece en su artículo 149, que la organización superior de dirección empresarial que aplica el Sistema de Dirección y Gestión, necesita avanzar en la implantación del Sistema de Gestión de la Calidad, y para ello es aconsejable crear un órgano con el fin de organizar la implantación de dicho Sistema.

 

POR CUANTO: POR CUANTO: En virtud de la Resolución 29 de fecha 1 de abril de 2022 emitida por quien resuelve se aprobó la creación del Comité de Calidad del Grupo Empresarial de Agua y Saneamiento, cuya principal función será examinar, evaluar y controlar periódicamente la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad, así como el proceso de certificación del mismo.

 

POR CUANTO: Esta autoridad, teniendo en cuenta lo expuesto con anterioridad concibe la necesidad de disponer lo que más adelante se dirá, a los efectos de alcanzar un adecuado funcionamiento del Comité de Calidad creado en este grupo empresarial.

 

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que están conferidas en el artículo 37.2   numeral 8 del Decreto Ley 34, de fecha 13 de abril de 2021, “Del Sistema Empresarial Estatal Cubano” dictar la base reglamentaria y otras disposiciones que garanticen el cumplimiento de las leyes y normas jurídicas.

 

 

 

 

 

RESUELVO

PRIMERO: Crear en el Grupo Empresarial de Agua y Saneamiento el:

 

“Reglamento del Comité de Calidad de la Oficina Central del OSDE Agua y Saneamiento”

 

CAPÍTULO I

Del Comité de Calidad

SECCIÓN PRIMERA

De la constitución del Comité de Calidad

Artículo 1.- El Comité de Calidad es un órgano asesor vinculado directamente al órgano colegiado de dirección, el cual se constituye mediante disposición legal.

Artículo 2.- En el Comité de Calidad de la Oficina Central de la Organización Superior de Dirección Empresarial Agua y Saneamiento (OSDE AyS), en lo adelante el Comité, se proponen, analizan y aprueban las decisiones y la documentación propia del Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) de la organización según las funciones y facultades definidas en el presente Reglamento, con el objetivo de supervisar, adecuar y mejorar continuamente la implantación y desarrollo del Sistema Gestión.

Artículo 3.- Lo dispuesto en el Comité será aplicable al sistema de gestión de la Oficina Central del OSDE AyS.

SECCIÓN SEGUNDA

De la composición del Comité de Calidad

Artículo 4.- El Comité estará compuesto por: un presidente, un vicepresidente, un coordinador, miembros e invitados.

Artículo 5.- La Vicepresidenta Primera de la Oficina Central de la OSDE AyS, será la Presidenta del Comité, quien designará a los restantes miembros, en virtud de resolución de constitución emitida al efecto.

Artículo 6.- El Comité deberá contar entre sus miembros con una representación de todos los procesos declarados dentro del SGC de la organización.

Artículo 7.- El número de miembros del Comité deberá ser racional, lo que permitirá garantizar su eficaz funcionamiento, cuidando que los mismos tengan los conocimientos y las competencias necesarias, así como en lo posible, facultades directas sobre los procesos de SGC por razones de decisiones.

Artículo 8.- Serán invitados al Comité directores y especialistas de las áreas de regulación y control del OSDE AyS, que por su experticia y/o competencias en un tema específico resulte beneficioso su aporte para el SGC y se considere necesaria su participación por el presidente o sus miembros, según corresponda. Estos invitados tendrán voz, pero no voto durante las sesiones a las que asistan.

CAPÍTULO II

Del funcionamiento del Comité de Calidad

SECCIÓN PRIMERA

De las funciones fundamentales del Comité

Artículo 9.- Las funciones del Comité de Calidad son las siguientes:

  1. Difundir y promover el cumplimiento de los principios y valores de la calidad en la organización.
  2. Evaluar, asesorar y controlar la implantación del SGC y su eficaz desarrollo y evolución en la organización, una vez que este implantado y certificado.
  3. Asesorar a la alta dirección de la organización para la toma de decisiones referentes al Sistema de Gestión de la Calidad, en la definición, comunicación y aplicación de la política y los objetivos de la calidad; garantizando que estén ajustados al propósito, contexto y a Ia dirección estratégica de la OSDE AyS.
  4. Impulsar la integración y el cumplimiento de los requisitos del Sistema de Gestión de la Calidad en los procesos de la organización.
  5. Incentivar el uso del enfoque a procesos y el pensamiento basado en la gestión de los riesgos dentro de la organización, evitando en la medida que sea posible la aparición de eventos negativos.
  6. Promover el compromiso y toma de conciencia sobre todo el personal acerca de la importancia de su contribución en el logro de la eficacia del SGC y las implicaciones negativas que traería para la organización el incumplimiento de los requisitos del mismo.
  7. Velar por la correcta elaboración, implementación y aplicación eficaz de la información documentada que sustenta el Sistema de Gestión de la Calidad de la organización.
  8. Difundir la toma de conciencia en la organización sobre la importancia del enfoque al cliente y su satisfacción, así como de la evaluación de proveedores y dar seguimiento a acciones que satisfagan estos principios.
  9. Revisar, analizar y evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos de Ia calidad, de los indicadores de los procesos, del cierre a las no conformidades detectadas y sus planes de acción.
  10. Coadyuvar con las comunicaciones internas y externas pertinentes al SGC.
  11. Aprobar el Programa Anual de Auditorías Internas de Gestión de Ia Calidad.
  12.  Exponer la evaluación de eficacia de los procesos de la organización y monitorear la evolución de aquellos procesos del SGC que resulten no eficaces.
  13. Identificar y evaluar la necesidad de capacitación y recursos para el desarrollo del Sistema de Gestión de la Calidad.
  14. Diseñar y proponer las acciones necesarias para optimizar el funcionamiento de la organización a través del enfoque de la mejora continua a todos los niveles.
  15. Otras actividades relacionadas al SGC.

SECCIÓN SEGUNDA

De las Sesiones del Comité

Artículo 10.- El Comité de Calidad sesionará de manera ordinaria con una frecuencia bimensual, previa convocatoria de quien lo preside, la que será librada a todos sus miembros por parte del Coordinador del órgano con al menos 5 días hábiles de antelación.

Artículo 11.- Las citaciones para las reuniones del Comité de Calidad se realizarán vía correo electrónico, debiéndose adjuntar en el mismo el documento del Orden del Día a desarrollar en la sesión.

Artículo 12.-. Como consecuencia de hechos extraordinarios que así lo ameriten, pueden convocarse adicionalmente cuantas sesiones resulten necesarias, lo cual será facultad del Presidente su aprobación.

Artículo 13.- En los casos de sesiones extraordinarias, el plazo previsto en el artículo 10 se reducirá al indicado por el Presidente, pudiéndose hacer la citación o notificación utilizando la vía telefónica si es preciso, según prevé este Reglamento.

Artículo 14.- Si por la premura con que se convoca la sesión de trabajo, no fuera posible cumplir los requisitos previstos en el artículo 11, podrá realizarse excepcionalmente sin tener en cuenta los mismos, siempre que no se afecte la calidad del tema a tratar.

Artículo 15.- Los acuerdos del Comité se adoptarán, por mayoría votos de los miembros presentes en la reunión. El coordinador hará constar en el acta de la reunión la relación de acuerdos.

Artículo 16.- El Presidente del Comité, excepcionalmente, podrá suspender definitivamente la celebración de una sesión de trabajo o variar la fecha de celebración previamente fijada, para ser efectuada en otra ocasión, garantizando que los miembros y demás personas convocadas, conozcan de esa decisión con suficiente tiempo de antelación.

SECCIÓN TERCERA

Del Orden del Día del Comité de Calidad

Artículo 17.-. El Orden del Día se confeccionará respetando las pautas para la escritura establecidas en el Manual de Identidad Corporativa y estará compuesto por:

  • Título de la reunión
  • Fecha de la reunión
  • Hora de inicio de la reunión
  • Lugar donde se efectuará la reunión.
  • Numero de reunión
  • Datos generales del Coordinador de la reunión.
  • Relación de temas a tratar en la reunión: “Orden del Día” (debajo de cada tema, en el extremo derecho se informará el nombre del ponente y el tiempo que dispone para realizar la exposición).
  • Asuntos generales
  • Relación de participantes e invitados.

La estructura y formato que se muestra en el anexo 1 de este reglamento.

Artículo 18.-. El Orden del Día contendrá siempre un punto bajo la denominación de “Asuntos Generales” dentro del cual los miembros podrán proponer, al finalizar la sesión, que se discutan algunos asuntos urgentes que no fueron planteados dentro de los temas a desarrollar.

SECCIÓN CUARTA

Del desarrollo de las sesiones del Comité de Calidad

Artículo 19.- Para considerar válida una sesión de trabajo del Comité, deberá contar con la presencia del 50% más 1 de sus miembros.

Artículo 20.- Las sesiones de trabajo del Comité se realizarán según la sucesión establecida en el Orden del Día.

SECCIÓN QUINTA

De las actas del Comité de Calidad

Artículo 21.-. De cada sesión del Comité se levantará un acta. La misma recogerá la asistencia de los miembros e invitados, el estado de cumplimiento de los acuerdos, la relación de nuevos acuerdos y la votación desfavorable que presentaron, las exposiciones e intervenciones realizadas, así como otros documentos y evidencias que se presenten en la reunión. La estructura y formato que se muestra en el anexo 2 de este reglamento.

Artículo 22.- Las actas se numerarán consecutivamente en el periodo de un año natural y serán elaboradas por el Coordinador del Comité.

Artículo 23.- El Coordinador del órgano circulará las Acta correspondientes a cada sesión de trabajo con no más de 7 días hábiles posteriores al desarrollo de la reunión y se archivará la original en la Dirección de Calidad, Metrología y Normalización.

CAPITULO III

SECCIÓN PRIMERA

De los acuerdos adoptados en el Comité de Calidad

Artículo 24.- Los acuerdos podrán ser propuestos por cualquier miembro o invitado del Comité y se aprobaran por votación de los miembros, siendo necesario para su oficialización más de la mitad de los votos a favor de los votantes, dejándose constancia en el Acta del resultado de la votación con expresión del nombre y apellidos de los miembros que votaron en contra de la propuesta.

 

Artículo 25.- Una vez aprobados, los acuerdos se leerán en voz alta y se enumerarán en forma consecutiva por cada año natural, con independencia de la sesión del Comité (Ordinaria o Extraordinaria) en que resultaron adoptados.

 

Artículo 26.- Todo acuerdo llevará determinado el término para su vencimiento y el miembro del órgano responsable de su cumplimiento.

 

Artículo 27.- La votación en contra de un acuerdo propuesto no exonera al miembro de su responsabilidad de cumplirlo si este resultó ser adoptado por la mayoría.

CAPITULO IV

De las facultades, deberes y derechos de los miembros del Comité de Calidad

SECCIÓN PRIMERA

De las facultades del Presidente

Artículo 28.- El Presidente del Comité, en el desempeño de sus funciones está facultado para:

  1. Convocar al Comité para celebrar sus reuniones conforme a lo establecido en virtud del presente reglamento.
  2. Convocar al Comité para la celebración de sesiones extraordinarias, cuando la celeridad del caso así lo requiera.
  3. Aprobar el Orden del Día de cada sesión de trabajo, propuesto por el Coordinador del Comité.
  4. Aprobar e informar al Coordinador sobre las invitaciones que debe cursar.
  5. Delegar en el Vicepresidente sus funciones y facultades ante el Comité por motivo de ausencia.
  6. Presidir y dirigir las sesiones del Comité y sus debates.
  7. Conceder la palabra a los que deseen intervenir en cada asunto y limitar el tiempo de duración de las sesiones y los debates.
  8. Dar por terminada la discusión de un asunto cuando estime que el mismo ha sido analizado suficientemente y someter a votación el proyecto de acuerdo correspondiente.
  9. Emitir el voto de definición en caso de empate.

10. Aprobar las actas de las sesiones del Comité mediante su firma.

11. Autorizar la ausencia a la sesión de trabajo de uno o varios miembros por razones justificadas.

12. Suspender o cambiar la fecha de celebración de una reunión ya convocada, por causa debidamente justificada.

SECCIÓN SEGUNDA

De las facultades del Vicepresidente

Artículo 29.- El Vicepresidente del Comité, en el desempeño de sus funciones está facultado para:

  1. Suplir al Presidente del Comité en su ausencia.
  2. Inspeccionar y Corregir el Orden del Dia antes de ser entregado al Presidente para su aprobación.
  3. Velar que en las Actas correspondientes de cada reunión del Comité se asienten los acuerdos aprobados.
  4. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos tomados en las sesiones de trabajo e informar su grado de avance al Comité.

SECCIÓN TERCERA

De las facultades del Coordinador

Artículo 30.- El Coordinador del Comité, en el desempeño de sus funciones está facultado para:

  1. Confeccionar y divulgar el Orden del Día de cada sesión y someterlo a la revisión del vicepresidente del Comité.
  2. Iniciar las sesiones de trabajo del Comité con la lectura del Orden del Dia.
  3. Librar a los miembros e invitados las convocatorias de las sesiones.
  4. Coordinar con quien corresponda, las condiciones de aseguramiento necesarias para el desarrollo de las reuniones.
  5. Redactar, distribuir, mantener y salvaguardar las Actas del Comité derivadas de las reuniones, donde se registran las decisiones y acuerdos adoptados.

SECCIÓN CUARTA

De las facultades de los miembros

Artículo 31.- Los miembros del Comité, en el desempeño de sus funciones están facultados para:

  1. Participar en todas las sesiones del Comité con voz y voto.
  2. Solicitar la inclusión de algún punto dentro del Orden del Día y su respectiva aprobación.
  3. Hacer proposiciones de acuerdos sobre todo los puntos que se analicen en el Comité.
  4. Solicitar una sesión extraordinaria del Comité para abordar algún aspecto y/o situación de emergencia que afecte al SGC.

SECCIÓN QUINTA

De los deberes de los miembros

Artículo 32.- Los miembros del Comité, en el desempeño de sus funciones están obligados a:

  1. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento del Comité.
  2. Asistir puntualmente a las sesiones del Comité.
  3. Estudiar y prepararse en todos los asuntos que se sometan a su consideración.
  4. Cumplir con los acuerdos tomados en las sesiones de trabajo del Comité, cuando le correspondan.
  5. Rendir cuentas sobre su desempeño con relación al SGC y dar respuesta a las preguntas que le formulen los demás miembros del Comité.
  6. Presentar, cuando se requiera, la información documentada ante el Comité completa, con calidad y que corresponda al tema objeto de análisis en la sección de trabajo del Comité.
  7. Representar a su área o proceso ante el Comité y comunicar al personal de su área o proceso los temas tratados y los acuerdos tomados en las sesiones de trabajo.
  8. Informar con antelación suficiente al Coordinador cuando no puedan asistir a una reunión planificada, alegando las causas correspondientes para solicitar la autorización del Presidente.

SECCIÓN SEXTA

De los derechos de los miembros

Artículo 33.- Los miembros del Comité tendrán los derechos siguientes:

  1. Recibir copia de la Resolución que lo acredita como miembro del Comité.
  2. Recibir con antelación el Orden del Día y la información documentada necesaria que se tratará en cada reunión.
  3. Pedir la palabra para intervenir en cualquiera de los puntos de la agenda.
  4. Expresar mediante su voto, su conformidad o no, con los acuerdos que se proponen adoptar, o abstenerse de hacerlo, cuando considere no contar con los elementos necesarios para expresar responsablemente su posición en un asunto en particular,
  5. Recibir las Actas del Comité en el tiempo establecido por este Reglamento, de forma que puedan garantizar, en los casos que le correspondan, el cumplimiento de los acuerdos en la fecha fijadas en las reuniones.
  6. Ausentarse a una o varias sesiones de trabajo del Comité por causas justificadas.

CAPÍTULO V

SECCIÓN PRIMERA

De la baja de los Miembros

Artículo 34.- Los miembros del Comité podrán causar baja de éste por las siguientes causas:

  1. Enfermedad o el cumplimiento de tareas que le sean asignadas e imposibiliten su asistencia a las sesiones del Comité por un término mayor de tres (3) meses.
  2. Pérdida del cargo en virtud del cual es miembro.
  3. Decisión del Presidente de la OSDE Agua y Saneamiento.

 

 

 

ANEXOS

Anexo 1:  Estructura y formato del Orden del Día del Comité de Calidad de la OSDE AyS.

Año xx de La Revolución

mes día, 20xx

 

 

Reunión del Comité de Calidad de la OSDE Agua y Saneamiento

Fecha de la reunión:

Hora de inicio:

Lugar de encuentro:

No. de reunión:

Coordinador: Nombre de la persona, número de teléfono

Orden del Día

Horario

Temas a tratar

Hora de inicio – Hora de finalización

Lectura del Orden del Dia de la reunión.

Ponente: Nombre del Coordinador. 10 min

Hora de inicio – Hora de finalización

Chequeo del cumplimiento de los acuerdos.

Ponente: Nombre del Coordinador. 20 min

Hora de inicio – Hora de finalización

Tema: Se escribe el nombre del tema a tratar

Ponente: Nombre del ponente. Tiempo de exposición en min

Hora de inicio – Hora de finalización

Tema: Se escribe el nombre del tema a tratar

Ponente: Nombre del ponente. Tiempo de exposición en min

Hora de inicio – Hora de finalización

Tema: Se escribe el nombre del tema a tratar

Ponente: Nombre del ponente. Tiempo de exposición en min

Asuntos generales:

Relación de participante e invitados:

No.

Nombre

Cargo

Área/proceso

1

 

 

 

2

 

 

 

3

 

 

 

 

 

 

n

 

 

 

 

 

Aprobado por: Nombre del Presidente del Comité o quien lo supla, firma.

 

Anexo 2:  Estructura y formato del Acta del Comité de Calidad de la OSDE AyS.

                                                      

Año xx de La Revolución

mes día, 20xx

 

Acta de Reunión del Comité de Calidad

 

Tipo de reunión.  Ordinaria:       Extraordinaria:       

Acta N°:

Fecha:

 

Lugar:

Hora Inicio:           Fin:

Duración:

 

Presidida por:

         

Orden del Día

Horario

Temas a tratar

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Estado de cumplimiento de los acuerdos anteriores

N°. Acuerdo

Acuerdo

Estado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Desarrollo:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                             

Listado de asistencia a la reunión del Comité de Calidad

N°.

Nombre

Proceso/área

Cargo

Firma

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Aprobado por: Nombre del Presidente del Comité o quien lo supla, firma.

 

SEGUNDO: Las funciones del Comité de Calidad serán reguladas en el Reglamento que rige su funcionamiento. 

 

DISPOSICIONES FINALES:

 

ÚNICA: La presente Resolución surtirá efectos legales a partir de su firma.

 

NOTIFÍQUESE a los miembros del Comité de Calidad de este Grupo Empresarial.

 

COMUNIQUESE a los miembros del Consejo de Dirección de este Grupo Empresarial.

 

 

ARCHÍVESE el original en el Protocolo de Resoluciones de esta entidad, después de su asiento en el Registro de Disposiciones Jurídicas.

 

 

Dada en La Habana, a los _____ días del mes de ______________ del año 2022.

 

 

 

___________________________

Ing. Abel Elpidio Salas García

 

Resolución 30/2022 del Presidente

Disposiciones internas